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Según la norma imperante en Colombia en materia de propiedad industrial, la patente de modelo de utilidad es un título de propiedad que se otorga a toda nueva forma, configuración o disposición de elementos, de algún artefacto, herramienta, instrumento, mecanismo u otro objeto o de alguna parte del mismo, que permita un mejor o diferente funcionamiento, utilización o fabricación del objeto que le incorpore o que le proporcione alguna utilidad, ventaja o efecto técnico que antes no tenía.
La patente de modelo de utilidad se concede por un término de diez (10) años, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud, período de tiempo que no es renovable.
Los requisitos para obtener un modelo de utilidad son menos estrictos que para las patentes de invención. De esta forma, en Colombia, para que una invención sea patentable, en esta modalidad, debe ser nueva y susceptible de aplicación industrial.
La novedad hace referencia a que el modelo de utilidad no haya sido accesible al público por una descripción escrita u oral, por su utilización, su comercialización o cualquier otro medio.
Por su parte, la aplicación industrial indica que el modelo de utilidad debe poderse producir o utilizar a escala industrial.
Nuestra firma, Cárdenas Vega Asesores, cuenta con abogados expertos que lo asesorarán, a través de una atención personalizada, en lo que se refiere a sus trámites de solicitud de patentes de modelo de utilidad ante la Superintendencia de Industria y Comercio.