Háganos una Consulta:
Se entiende por nombre comercial el que designa a un empresario o a una empresa.
Ejemplo:
De otra parte, una enseña comercial es el signo que se utiliza para identificar un establecimiento de comercio.
Ejemplo:
El nombre comercial es un signo diferente e independiente de la denominación o razón social de una persona jurídica, así como de las marcas de su propiedad, pudiendo todos estos signos coexistir en cabeza de un único titular.
Por ejemplo, una persona jurídica inscrita ante la Cámara de Comercio, cuya razón social sea Inversiones Pérez Rodríguez S.A. puede tener un nombre comercial diferente, con el que se da a conocer como empresa frente a sus clientes o proveedores. Así mismo, una empresa o establecimiento podrá tener más de un nombre comercial.
El derecho exclusivo sobre un nombre o enseña comercial se adquiere por su primer uso en el comercio y se extingue cuando dicho uso cesa. De esta forma, la protección otorgada al nombre o la enseña comercial se encuentra supeditada a su uso real y efectivo en el tráfico mercantil.
Es deber de los empresarios depositar, para efectos declarativos, sus nombres o enseñas comerciales ante la Superintendencia de Industria y Comercio (Oficina Colombiana de Marcas y Patentes).
Nuestra firma, Cárdenas Vega Asesores, cuenta con abogados expertos que lo asesorarán, a través de una atención personalizada, en lo que se refiere al trámite de depósito de nombres y enseñas comerciales ante la Superintendencia de Industria y Comercio.