El registro de una marca confiere a su titular un derecho de exclusividad, que lo faculta para impedir que los terceros, sin su autorización, usen esa marca, o una confundiblemente similar, para identificar productos o servicios idénticos o competitivamente conexos.
Atado a ese derecho va una obligación, que no es otra que la de usar la marca en el mercado. La marca no nació para quedarse en el registro; nació para jugar un papel en el mercado frente a los consumidores y a la competencia.